En la Región de Murcia la experiencia profesional, se puntúa con un máximo 26 puntos.
Se valorarán de acuerdo a la valoración de los servicios prestados:
– Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría / opción convocada, cuerpo funcionarial o categoría laboral equivalente para las Administraciones Públicas españolas o de los Estados miembros de la Unión Europea: 0,1444 puntos
– Por cada 130 horas de guardia de presencia física realizadas como Enfermero mediante nombramiento realizado exclusivamente para cubrir la atención continuada en la Administración Pública española o de otros países de la Unión Europea. A tal efecto, las guardias localizadas se valorarán al 50% del valor asignado a las de presencia física: 0,1444 puntos
– Por cada mes de servicios prestados en Fundaciones Sanitarias Públicas españolas en la misma categoría/opción convocada o equivalente: 0,1011 puntos
– Por cada mes de servicios prestados en distinta categoría, cuerpo u opción en la Administración Pública española u otros países de la Unión Europea, siempre que se hubiera exigido el título de Diplomado o Graduado en Enfermería. Serán valorados en este apartado los servicios prestados mediante la relación laboral especial de residencia regulada actualmente en el Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, o sistema equivalente en la Unión Europea para la que se hubiera exigido el título de Diplomado o Graduado en Enfermería: 0,0722 puntos
Por cada mes de servicios prestados en la modalidad de cupo y zona, en España u otros países de la Unión Europea, cuando para su desempeño se hubiera exigido el título de Diplomado o Graduado en Enfermería: 0,0722 puntos
– Por cada mes de servicios prestados en categorías, cuerpos u opciones distintos a las anteriores para las Administraciones Públicas españolas o de los Estados miembros de la Unión Europea siempre que se hubiera exigido alguno de los títulos que, conforme a lo dispuesto en el Decreto 119/2002, de 4 de octubre, por el que se configuran las opciones correspondientes a las categorías del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, permiten el acceso a una categoría de carácter sanitario.
Serán valorados en este apartado los servicios prestados mediante la relación laboral especial de residencia regulada actualmente en el Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, o sistema equivalente en la Unión Europea no incluidos en apartados anteriores: 0,0433 puntos
– Por cada mes de servicios prestados como personal directivo en los servicios de salud sin ostentar la condición de personal estatutario fijo o funcionario de carrera: 0,0144 puntos
– Por cada mes de servicios prestados en la Administración Pública española o de otros países de la Unión Europea que no se puedan incluir en ninguno de los apartados anteriores: 0,0144 puntos.
EXPERIENCIA PROFESIONAL REGIÓN DE MURCIA | |
Servicios Prestados misma categoría, Admón. Pública española UE | 0,1444 Ptos./mes |
Cada 130 horas guardia presencia física Enfermero, Admón. Pública española o UE | 0,1444 Ptos. |
Fundaciones SP españolas misma categoría | 0,1011 Ptos./mes |
Distinta categoría, Admón. Pública Española UE, exigido título Diplomado o Graduado Enfermería | 0,0722 Ptos./mes |
Cupo y zona, España u UE, exigido diplomado o graduado enfermería | 0,0722 Ptos. |
Servicios distintos a anteriores Admón. Públicas Españolas y UE | 0,0433 Ptos./mes |
Personal directivo en los servicios de salud sin ser personal estatutario fijo o FC | 0,0144 Ptos./mes |
Servicios prestados Admón.. pública española o UE distinto a anteriores | 0,0144 Ptos./mes |