FORMACIÓN (máximo 45 puntos)
a) Formación académica (máximo 6 puntos).
1.1. Grado de Doctor.
1.2. Master universitario relacionado con la categoría o especialidad: 3,00 puntos.
1.3. Diplomas experto universitario relacionado con la categoría o especialidad: 2,00 puntos.
b) Formación especializada (máximo 9 puntos).
«El periodo de formación para la obtención del título de especialista no podrá ser valorado, en ningún caso, como tiempo de servicios prestados en ninguno de los epígrafes del apartado “1. Experiencia profesional” de este baremo.
2.1. Personal Sanitario Diplomado.
Programa de Enfermería Interna Residente: 6 puntos.
2.2. Otras Titulaciones Universitarias y otras Especialidades. Por haber obtenido otra Titulación Universitaria de igual o superior nivel académico que la exigida para el acceso a la categoría, y/u otra especialidad diferente a aquella a la que se opta, siempre que estén relacionadas con las funciones de la categoría a la que opta: 3.00 puntos.»
c) Formación continuada (máximo 30 puntos).
Las actividades de formación incluidas en este apartado y realizadas antes de la entrada en vigor del presente Pacto serán valorados si se cumplen los siguientes requisitos:
Para las profesiones sanitarias, las actividades de formación incluidas en este apartado y realizadas con posterioridad a la entrada en vigor de la presente Resolución, sólo serán valoradas si han sido acreditadas mediante el procedimiento previsto en la normativa vigente en cada momento, y hayan sido impartidas por la entidades anteriormente citadas.
Las actividades formativas que se hayan realizado con anterioridad a los últimos seis años, tomando como referencia para la primera valoración la fecha de entrada
en vigor de la convocatoria inicial y, en lo sucesivo la fecha de corte de baremación establecida anualmente cada 31 de octubre, se valorarán de la forma siguiente:
Las actividades formativas que se hayan realizado en los seis años inmediatamente anteriores a la finalización del correspondiente periodo de baremación establecido el 31 de octubre de cada año, se valorarán de la forma siguiente:
FORMACIÓN | 45 MÁX | |
FORMACIÓN ACADÉMICA | 6 MÁX | |
Máster Universitario relacionado con la categoría o puesto específico | 3 Ptos | |
Experto Universitario relacionado categoría o puesto específico | 2 Ptos | |
Grado de Doctor | 3 Ptos | |
Grado Doctor con Cum Laude o Sobresaliente, se añaden | 1 Pto | |
FORMACIÓN ESPECIALIZADA | 9 MÁX | |
OTRAS TITULACIONES UNIVERSITARIAS | Titulación Universitaria = o sup. Nivel académico exigido | 3 Ptos |
Título especialista | 6 Ptos | |
Título especialista , acceso excepcional RC 450/2005 | 1 Pto | |
FORMACIÓN CONTINUADA | 30 MÁX | |
Actividades relacionadas categoría y haber sido impartidas instituciones definidas bases: Centros Universitarios, SS, Admón. Públicas , INEM, Organizaciones Sindicales, Colegios Profesionales.. (ver bases) | Horas de formación | 0,025 Ptos/hora |
Horas como docente, relacionado especialidad impartido Salud Pública Homologada | 0,05 Ptos/hora | |
Actividades formativas en los 6 años anteriores al periodo finalización periodo baremación 21 Octubre cada año | Dicente 0,05 Ptos/hora | |
Docente 0,10 Ptos/hora | ||
Curso académico plaza Profesor Asociado | 1 Pto/curso | |
Tutor de Programas de formación Postgraduada | 1 Pto/12 meses | |
Formando parte Comisiones de Calidad CSS | 0,10 Ptos/año |